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Así funciona el visado de tránsito, la medida que ha aliviado la presión en Barajas

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El Gobierno ha impuesto en los últimos meses la exigencia de un visado de tránsito a los viajeros con pasaporte keniano -y a partir del próximo 19 de febrero, también para los senegaleses– que quieran hacer escala en España, una medida que ha aliviado la saturación de solicitantes de asilo en Barajas.

Según han informado a EFE fuentes sindicales, después de dos meses de desbordamiento de las salas habilitadas, en las que han llegado a hacinarse 450 inmigrantes, la situación ha mejorado notablemente y el número de personas que allí aguardan ronda ahora el centenar.

La presión se ha rebajado gracias a que se ha autorizado la entrada excepcional de buena parte de los inmigrantes y a que se ha frenado el embarque en países de origen con instrumentos como el visado de tránsito.

1. ¿Qué es un visado de tránsito aeroportuario?

Es una autorización de un Estado que permite hacer escala en la zona internacional de sus aeropuertos, pero no entrar en el territorio. De hecho, cuando la conexión implica un cambio de terminal que exige el paso de un control de fronteras, es necesario solicitar un visado Schengen.

2. ¿Cómo se solicita?

En la embajada o consulado de España en el país de origen, presentando un formulario, una fotografía, el pasaporte en vigor, el comprobante del abono de las tasas y una serie de documentos que demuestren que se va a continuar el viaje hasta el destino final y que se dispone de los permisos de entrada necesarios.

También se deberán aportar documentos que demuestren que la intención del solicitante no es entrar en el territorio, con una justificación del propósito del viaje, así como un certificado de trabajo, las tres últimas nóminas y cualquier otro medio que pruebe la sobrada capacidad económica del solicitante. Cuando sea necesario, la oficina consular podrá pedir documentos o datos adicionales y también convocar al solicitante a una entrevista personal.

3. ¿Quiénes necesitan este visado?

Actualmente necesitan un visado de tránsito para hacer escala en cualquier aeropuerto situado en el territorio de los Estados Schengen para tomar un vuelo de conexión hacia un tercer país fuera de este área los nacionales de Afganistán, Bangladés, Eritrea, Etiopía, Ghana, Irán, Irak, Nigeria, Pakistán, República Democrática del Congo, Somalia y Sri Lanka.

En el caso específico de España, hay que añadir los siguientes países: Burkina Faso, Camerún, Costa de Marfil, Cuba, Yibuti, Gambia, Guinea, Guinea-Bisáu, Haití, India, Kenia, Liberia, Mali, República del Congo, Sierra Leona, Siria, Tayikistán, Togo, Turquía, Uzbekistán, Yemen y Palestina.

No necesitan este visado los nacionales de estos países que sean familiares de un ciudadano de la Unión Europea, Islandia, Liechtenstein o Noruega, siempre que este los acompañe o se reúna con ellos, y los de un ciudadano de Suiza.

Tampoco los que ya dispongan de un visado uniforme, nacional de larga duración o de un permiso de residencia expedido por un Estado Schengen, los titulares de pasaporte diplomático y los miembros de las tripulaciones aéreas que son nacionales de una parte contratante en el Convenio de Chicago sobre Aviación Civil Internacional.

4. ¿Por qué ahora Kenia y Senegal?

La exigencia de un visado de tránsito para hacer escala en España para los viajeros nacionales de Kenia entró en vigor el pasado 20 de enero, tras detectar que muchos de los migrantes que habían llegado a finales del año pasado pidiendo asilo eran en realidad somalíes que viajaban con un pasaporte keniano adquirido de forma fraudulenta en esta país.

En el caso de Senegal, la adopción responde a un aumento de personas naturales de este país que, desde hace más de un mes, vuelan hacia Madrid con destinos a ciudades latinoamericanas como Sao Paulo (Brasil), que no exige visado, y, al llegar a España para hacer escala, se deshacen de su pasaporte y alegan que son originales de otro país que está en conflicto para pedir asilo. El ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, ha defendido en varias ocasiones esta medida con el objetivo de «evitar esas utilizaciones fraudulentas de asilo».

A favor: una medida reclamada por el sindicado policial SUP

El sindicato policial SUP, el más activo a la hora de denunciar la situación de Barajas por las condiciones en las que han tenido que trabajar los agentes, había pedido la imposición de este visado como medida para frenar las llegadas de buena parte de los solicitantes de asilo a Barajas desde que comenzó la crisis.

Ahora el SUP va más allá y, aunque celebra que el paso se haya dado en el caso de Kenia y Senegal, pide extender la exigencia de este tipo de permiso a los viajeros con pasaporte de cualquier país subsahariano, ya que, según advierte, ahora están aumentando las llegadas en tránsito de ciudadanos con pasaporte de Mauritania.

En contra: CEAR condena este instrumento, que «dificulta aún más el acceso a la protección»

En el otro lado de la moneda, la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR) ha criticado esta medida, al considerar que «dificulta aún más el acceso a protección» y forma parte de «la estrategia de externalización de fronteras europea», que «pone en peligro la vida de miles de personas».

Denuncia que esta medida se toma cuando aumentan las solicitudes de asilo de una determinada nacionalidad, lo que «suele coincidir con conflictos o emergencias«, para, en la práctica, impedir el acceso a la protección a las personas merecedoras de ello. Y pide, como alternativa, que se aplique el artículo 38 de la Ley de Asilo, que permite solicitar la protección internacional desde el país de origen a través de las embajadas y consulados de España.


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